Qué es la cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas para ser habitada: superficie, altura, ventilación, iluminación natural, instalaciones básicas y equipamiento de cocina y baño. En Cataluña, estas condiciones las fija el decreto de habitabilidad vigente (Decreto 141/2012).
La cédula la emite la Agència de l’Habitatge de Catalunya, a partir de un certificado que firma un técnico competente después de visitar la vivienda. En nuestro caso, este certificado lo firma un arquitecto técnico (aparejador) colegiado.
Primera y segunda ocupación
Hay dos tipos principales de cédula:
- Cédula de primera ocupación: para viviendas de obra nueva, que resultan de una gran rehabilitación o de un cambio de uso (por ejemplo, un local convertido en vivienda).
- Cédula de segunda ocupación: para viviendas existentes que ya han sido habitadas. Es la que se pide habitualmente para vender o alquilar un piso o una casa.
Si no sabe cuál le corresponde, explíquenos su caso y le orientamos.
Cuándo hace falta la cédula de habitabilidad
La normativa catalana vincula la cédula vigente a varias situaciones habituales:
- Vender una vivienda. En la compraventa suele ser necesario acreditar que la vivienda dispone de cédula vigente.
- Alquilar una vivienda. El propietario debe disponer de la cédula para ponerla en alquiler.
- Contratar o cambiar de titular los suministros de agua, electricidad o gas, sobre todo en viviendas que han estado un tiempo sin suministro.
- Renovar una cédula caducada. La cédula de una vivienda usada tiene una validez de 15 años (la de una vivienda nueva, 25) y hay que renovarla cuando vence.
Si tiene una operación en marcha (una venta, un alquiler, una herencia), conviene empezar el trámite con tiempo: así evitará que la cédula retrase la firma.
Exoneración de la cédula
En algunos casos previstos en la normativa se puede tramitar la exoneración de la cédula de habitabilidad. Si es su caso, también nos encargamos: explíquenos la situación y le diremos si encaja y qué hay que hacer.
Para quién es este servicio
- Propietarios que quieren vender un piso o una casa y necesitan la cédula para la notaría o para la agencia.
- Propietarios que quieren alquilar una vivienda o renovar la cédula de un piso que ya tienen alquilado.
- Herederos que han recibido una vivienda y necesitan poner al día su documentación.
- Agencias inmobiliarias y administradores de fincas que gestionan viviendas de clientes en el Bages.
Qué revisamos durante la visita
En la visita comprobamos, a grandes rasgos, los aspectos que tiene en cuenta la normativa de habitabilidad:
- La superficie útil de la vivienda y de cada estancia.
- La altura libre de los espacios.
- La iluminación y la ventilación naturales de las piezas principales.
- La cocina y el baño: que existan y que tengan el equipamiento mínimo.
- Las instalaciones básicas: agua, electricidad y evacuación de aguas.
- El estado general de la vivienda en cuanto a seguridad y salubridad.
Durante la visita también tomamos las medidas necesarias, de modo que no hace falta que tenga planos.
Documentación habitual
Para preparar la cédula, normalmente necesitamos:
- La dirección completa y la referencia catastral de la vivienda (aparece en el recibo del IBI).
- Los datos del propietario: nombre y DNI o NIE.
- La cédula anterior, si la hay.
- Planos o croquis de la vivienda, si los tiene. No son imprescindibles.
Cuando nos contacte le diremos exactamente qué hace falta en su caso.
Cómo lo hacemos, paso a paso
- Nos contacta por teléfono, WhatsApp o con el formulario, y le preparamos un presupuesto sin compromiso.
- Visitamos la vivienda en 24 a 48 horas y revisamos sus condiciones.
- Preparamos el certificado técnico. Si la vivienda cumple las condiciones, lo firma el arquitecto técnico colegiado. Si hay algún incumplimiento, se lo explicamos antes de continuar.
- Presentamos la solicitud ante la Agència de l’Habitatge como máximo 24 horas después de la visita, y le hacemos llegar los justificantes.
- Le hacemos llegar la cédula cuando la Agència la resuelve.
Plazos
- Visita: la programamos en 24 a 48 horas.
- Tramitación: como máximo 24 horas después de la visita presentamos la solicitud y le enviamos los justificantes. Con estos justificantes ya puede hacer los trámites ante notario.
- Resolución: depende del organismo que resuelve y tarda como máximo 30 días.
Si tiene una fecha límite (una firma en la notaría, la entrada de un inquilino), díganoslo cuanto antes.
Cuánto cuesta la cédula de habitabilidad
No publicamos precios cerrados porque cada caso es distinto: el coste depende de la superficie, de la ubicación y de la documentación disponible. El presupuesto que le enviamos lo incluye todo, también las tasas.
Explíquenos qué necesita y le enviaremos un presupuesto sin compromiso, con todo lo que incluye.
Última revisión: 23 de septiembre de 2026